Ruido de herramientas de jardinería: horarios a respetar para el barrio

sonidos del jardín

A menos que viva en el medio de la nada, sin otra casa cerca, no está permitido usar equipos de jardinería o bricolaje ruidosos afuera en su jardín en ningún momento. Deben seguirse instrucciones precisas para no dañar a su vecino.

¿Qué sonidos de jardín están regulados?

Las actividades de mantenimiento de los espacios verdes se regulan cuando es probable que causen contaminación acústica a los vecinos, generalmente se enmarcan en decretos prefecturales que definen los períodos durante los cuales se pueden realizar estas actividades. .

Esto se refiere a cortadoras de césped, desbrozadoras, cortadoras de bordes, sopladores de hojas, motosierras, podadoras de setos, trituradoras y cualquier otro material ruidoso, en particular bricolaje (sierra, lijadora, taladro, etc.). Las emisiones sonoras que son demasiado potentes en franjas horarias no autorizadas pueden estar sujetas a sanciones que van desde la suspensión del trabajo hasta multas e incluso procesos penales.

Entre las 10 de la noche y las 7 de la mañana hablamos de ruido de noche, pero fuera de este horario, en pleno día, el ruido también puede ser sancionado si no cumple con la normativa.

Decreto prefectural por el que se fijan los horarios por ruido

El alcalde de cada municipio tiene muchas competencias en materia de contaminación acústica y tiene la facultad de gestionar las quejas de los vecinos de su municipio, en base a la normativa contra el ruido vecinal que se define en cada departamento por los servicios de el estado. También puede emitir decretos municipales además de los decretos de la prefectura de su departamento.

Por tanto, es aconsejable, antes de realizar trabajos ruidosos al aire libre, consultar con su ayuntamiento los horarios autorizados.

Las franjas horarias pueden variar ligeramente de un departamento a otro, pero en general, “actividades ruidosas, realizadas por particulares, como reformas, bricolaje y jardinería, utilizando herramientas o electrodomésticos , como cortacéspedes, motosierras, taladros, cepilladoras, sierras eléctricas, compresores de aire o de alta presión, motobomba para extracción de agua y / o riego, ... y que puedan afectar la tranquilidad del barrio oa la salud humana por su duración, repetición o intensidad, solo podrán realizarse en el exterior o en el interior de los edificios:

  • en días laborables, de 8:30 a 12 h y de 14 a 19 h,
  • Sábados, de 9 a 12 y de 15 a 19 horas,
  • Domingos y festivos, de 10 a 12 h.

ruido y regulaciones del jardín

¿Manejar los conflictos vecinales relacionados con el ruido?

Como primer paso, solucionar el inconveniente de forma amistosa es el primer paso a tomar por supuesto: ve a ver a tu vecino y dile que su actividad te está molestando recordándole los horarios definidos por el decreto prefectural, y municipal si aplica. , o incluso las normas de copropiedad.

Si su vecino es hosco, envíele una carta simple, luego registrada con acuse de recibo si la vergüenza continúa. La siguiente etapa es acudir a un conciliador de justicia.

Si planea iniciar una acción legal, tendrá que llamar a un alguacil que establecerá un informe de las molestias. Entonces es un tribunal civil (juez local, en general) el que tomará una decisión. Es, de todos modos, un resultado extremo que debe evitarse en la medida de lo posible.

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