Impuesto sobre cobertizos de jardín (impuesto de desarrollo): ¿quién lo paga?

Impuesto sobre cobertizos de jardín

Los propietarios de casetas de jardín con una superficie superior a 5 m² están sujetos al impuesto de promoción que se aplica al presentar una autorización urbanística (permiso de construcción o autorización previa de obra) exigida cuando edificación.

¿Quiénes se ven afectados por el impuesto al desarrollo?

Todos los trabajos de urbanización, construcción, reconstrucción y ampliación de edificios para los que se requiera un permiso de construcción o autorización de obra se ven afectados por este impuesto de urbanización, cuya tasa, compuesta de dos o tres partes, lo establecen las dos o tres autoridades locales (municipio, departamento, región solo en Île-de-France). No obstante, podrán decidir, deliberadamente, eximir las casetas de jardín incluso cuando hayan estado sujetas a autorización previa para trabajar.

Los ingresos del impuesto urbanístico se destinan a la financiación de equipamientos públicos, la política de espacios naturales sensibles y los gastos de funcionamiento de la CAUE (Consejos de Arquitectura, Urbanismo y Medio Ambiente).

¿Cuál es el monto del impuesto al desarrollo?

Un decreto del 7 de noviembre de 2016 especifica las nuevas tarifas por metro cuadrado del impuesto de desarrollo que se calcula de la siguiente manera:

  • área imponible (construcción o desarrollo) x tasa plana (excepto valor fijo para ciertos desarrollos) x tasa fijada por la autoridad local.
  • es decir, un valor fijo establecido para 2017 en 705 € / m² fuera de Île-de-France y 799 € / m² en Île-de-France.

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